Al alcanzar la mayoría de edad, son muchos los jóvenes colombianos que se enfrentan a resolver su situación militar, sin embargo, esta no es una regla que aplique a todos los ciudadanos.
Según la Ley 1861 de 2017, el servicio militar obligatorio es un deber constitucional dirigido a todos los hombres mayores de 18 años para contribuir a los fines del Estado encomendados a la Fuerza Pública.
El servicio militar tiene una duración general de 18 meses, pero para los bachilleres se reduce a 12 meses. Durante este periodo, a estos ciudadanos les son impartidas enseñanzas que abarcan desde formación básica hasta instrucción militar, sin embargo, existen algunos escenarios que les permiten quedar exentos de este requisito.
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Exenciones a la prestación del servicio militar
El Ministerio de Justicia, en su artículo 12, establece quiénes quedan exentos del servicio militar al cumplir los 18 años y cumplir ciertos requisitos:
- Ser hijo único.
- Ser huérfano de padre o madre proveedor de sus hermanos incapaces de sostenerse.
- Ser hijo de padres incapaces de trabajar o mayores de 60 años sin ingresos.
- Ser hermano o hijo de alguien fallecido o incapacitado en combate.
- Ser descendiente de personal militar o policía fallecido en combate.
- Ser clérigo o religioso según acuerdos concordatarios.
- Ser casado.
- Acreditar unión marital de hecho.
- Tener una discapacidad.
- Pertenecer a una comunidad indígena.
- Ser mujer transgénero (para varones colombianos que hayan cambiado su sexo en su registro civil).
- Estar inscrito en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General.
- Ser objetor de conciencia.
- Ser desmovilizado.
- Ser el padre.
Por su parte, el Mayor Danilo Saba Corredor, Comandante del Distrito Militar 38 de Ibagué, detalló que a finales de 2023 fue tramitado un acto legislativo que impacta a otras 3 poblaciones: “aquellos ciudadanos mayores de 24 años, los ciudadanos que hayan cursado y aprobado un quinto semestre de una carrera universitaria (avalada por el Ministerio de Educación) y aquellos ciudadanos profesionales en carreras técnicas y tecnológicas. Estos ciudadanos no prestan servicio militar y entraría a hacer su proceso de liquidación”
“Una obligación constitucional”
De igual manera, el Mayor Saba enfatizó que “todo varón colombiano entre los 18 a los 50 años de edad, tiene la obligación de definir su situación militar, y aquellos que se encuentren en el rango de los 18 a los 24 años (no cumplidos), deben definir su situación militar con las exoneraciones anteriormente mencionadas o ser incorporado para la prestación del servicio militar.
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