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Condenan a Andrés Hurtado y a exgerente del IMDRI por uso del estadio Murillo Toro en fiesta privada

La decisión judicial impuso una pena de 30 meses de prisión, equivalente a dos años y seis meses, además de la inhabilidad para ejercer funciones públicas durante el mismo periodo. E

Un juez de Ibagué condenó en primera instancia al exalcalde Andrés Fabián Hurtado Barrera y al exgerente del IMDRI, Alejandro Ortiz Ortiz, a dos años y seis meses de prisión por el delito de peculado por uso, tras establecer que permitieron la utilización del estadio Manuel Murillo Toro para la celebración de una fiesta infantil privada en marzo de 2021.

El Juzgado Octavo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué emitió sentencia condenatoria contra el exalcalde Andrés Fabián Hurtado Barrera y el exgerente del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué (IMDRI), Alejandro Ortiz Ortiz, al encontrarlos responsables, en calidad de coautores, del delito de peculado por uso.

La decisión judicial impuso una pena de 30 meses de prisión, equivalente a dos años y seis meses, además de la inhabilidad para ejercer funciones públicas durante el mismo periodo. El despacho también negó beneficios como la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria. Sin embargo, la orden de captura solo se hará efectiva una vez el fallo quede en firme, debido a que la defensa apeló la decisión.

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De acuerdo con la sentencia, los hechos ocurrieron el 6 de marzo de 2021, cuando el estadio Manuel Murillo Toro fue utilizado para celebrar una fiesta infantil relacionada con el cumpleaños del hijo del entonces mandatario local. Durante el juicio se acreditó que el escenario deportivo fue acondicionado con globos, mesas, sillas, torta y otros elementos propios de una celebración privada, además de permitir el ingreso de familiares e invitados.

El juez concluyó que el evento no correspondía a una actividad institucional ni deportiva, sino a una celebración de carácter particular. Entre las pruebas analizadas estuvieron registros de cámaras de seguridad, fotografías, videos y testimonios que evidenciaron la presencia de menores de edad participando en un partido amistoso, vistiendo camisetas del Barcelona y Real Madrid con el nombre de “Andresito” estampado en la espalda.

La decisión también señala que el ingreso de vehículos particulares y camionetas de alta gama alteró la operación normal del escenario deportivo y generó afectaciones en los servicios de vigilancia, situación que fue advertida por trabajadores del estadio que recibieron instrucciones directas para facilitar el desarrollo de la actividad.

Durante la lectura del fallo, el administrador de justicia destacó que varios testigos cercanos a los procesados ofrecieron versiones inconsistentes y evasivas durante el juicio, mientras que el material probatorio permitió establecer que la utilización del escenario se realizó con autorización del entonces gerente del IMDRI.

La investigación tuvo origen en la denuncia pública realizada por el entonces concejal Rubén Darío Correa, quien acudió al estadio tras recibir información de un veedor ciudadano y documentó con fotografías y videos lo que ocurría al interior del escenario deportivo.

Aunque la Fiscalía solicitó remitir el expediente con urgencia al Tribunal Superior de Ibagué debido a que la acción penal prescribiría en octubre, decidió no apelar la condena. Ahora será la Sala Penal del Tribunal la encargada de resolver el recurso presentado por la defensa de los condenados.

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