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Condenan a siete exempleados de  la fundación Peces Vivos en Ibagué por tortura agravada contra nueve menores

Las condenas oscilan entre 15 y 17 años de prisión. La Fiscalía demostró que los menores eran sometidos de manera reiterada a prácticas de contención física y psicológica utilizadas como mecanismos de castigo, intimidación y sometimiento.

Un juez especializado de conocimiento condenó a entre 15 y 17 años de prisión a siete exempleados de una fundación de Ibagué, señalados como responsables de causar sufrimientos físicos y psicológicos a nueve menores de edad que permanecían internados en una institución especializada en la atención de personas con discapacidad mental o psicosocial.

Los menores habían sido remitidos a la institución por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

¿Quiénes fueron condenados?

La decisión judicial cobija a:

  • Johanna Dignore Rodríguez Olaya, directora de la fundación.
  • Yenifer Stefany Salcedo Cartagena, psicóloga.
  • Edison Jaber Calderón Espitia, auxiliar de enfermería.
  • Paola Andrea Tique Vera, auxiliar de enfermería.
  • Claudia Maritza Flórez Medina, auxiliar de enfermería.
  • Claudia Lorena Pedraza Henao, auxiliar de enfermería.
  • Paula Andrea Patiño Buitrago, auxiliar de enfermería.

De acuerdo con la Fiscalía General de la Nación, los procesados fueron hallados penalmente responsables, de acuerdo con su participación individual, de los delitos de concierto para delinquir y tortura agravada.

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Contenciones utilizadas como castigo

La investigación, adelantada por un fiscal de la Seccional Tolima, estableció que los hechos ocurrieron entre el segundo semestre de 2016 y 2017.

Según las pruebas presentadas ante el juez, los condenados desarrollaron prácticas sistemáticas de contención física y psicológica que, de acuerdo con la Fiscalía, dejaron de tener una finalidad terapéutica y fueron utilizadas como mecanismos de castigo, intimidación y sometimiento.

Las inmovilizaciones se habrían aplicado de manera reiterada y sin que existieran verdaderas emergencias médicas o psiquiátricas que las justificaran.

Entre las conductas de los menores que, según la investigación, desencadenaban estas prácticas estaban llorar, negarse a comer, discutir, incumplir instrucciones o presentar comportamientos relacionados con sus condiciones particulares.

Inhabilidades y penas

Además de las penas de prisión, el juzgado impuso a los condenados la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas, así como la inhabilitación para ejercer sus profesiones por el mismo período de la pena principal, en cada caso.

Una de las personas condenadas cumplirá la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, mientras que los otros seis deberán permanecer en establecimientos penitenciarios.

La decisión judicial es de primera instancia, por lo que está sujeta a los recursos que contempla la ley.

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