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Por impedir el ingreso de un juez al Coiba de Picaleña, fue sancionado un dragoneante del Inpec

El funcionario tendría que estar fuera de su cargo sin paga por un término de seis meses.

De acuerdo a lo anunciado por la Procuraduría General de la Nación, el dragoneante Francisco Javier González Murcia, habría impedido el ingreso del Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad al complejo, pese a existir un memorando del director del establecimiento carcelario que lo autorizaba para cumplir funciones relacionadas con la implementación del sistema oral.

Para el ente de control disciplinario, el integrante del Inpec, habría desatendido sus deberes al impedir el ingreso de una autoridad judicial al penal, incumpliendo de esta manera el numeral 16 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, según el cual es deber de los servidores públicos «permitir a los representantes del Ministerio Público, fiscales, jueces y demás autoridades competentes el acceso inmediato a los lugares donde deban adelantar sus actuaciones (…)».

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Asimismo, transgredió el artículo 51 de la Ley 65 de 1993 que establece que “(…) donde no existen permanentemente jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad estos deberán realizar al menos dos visitas semanales a los establecimientos de reclusión que le sean asignados (…)”.

Por tal motivo, El Ministerio Público, sancionó con suspensión e inhabilidad especial por seis meses al dragoneante del Coiba (Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué – Picaleña).

A juicio del Ministerio Público se quebrantó el principio de eficacia “en detrimento de derechos de población vulnerable como es la garantía de acceso a la administración de justicia de los internos”, sin justificación alguna.

 La Procuraduría Regional de Tolima calificó la falta como grave a título de dolo.

 Contra la decisión de primera instancia, González Murcia interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa y Judicial.

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