
Por embargar recursos destinados a la salud sin tener competencia para hacerlo, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de tres meses a María del Pilar Guevara Sánchez, quien en ese momento se desempeñaba como jefe de la Oficina de Gestión Comercial y Cartera del Hospital Federico Lleras Acosta, en Ibagué.
El Ministerio Público estableció que la sancionada ordenó el embargo directo, a través del cobro coactivo, de los recursos de la promotora de Salud Emssanar S.AS. por más de $289 millones, sin tener competencia para ello, con lo cual incumplió y desconoció sus deberes, entre ellos, la prohibición constitucional, legal y jurisprudencial respecto del «Principio de inembargabilidad de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud».
Con ese propósito, Guevara Sánchez remitió comunicaciones a diferentes entidades bancarias, Cámaras de Comercio, aseguradoras y otras instituciones, infringiendo así el principio mencionado y diversas normas que salvaguardan los recursos destinados al bienestar social.
El ente disciplinario advirtió que la sanción es convertible en tres meses de salarios básicos devengados por la disciplinable al momento de la consumación de la conducta reprochada.
Contra este fallo de segunda instancia, proferido por la Procuraduría Delegada de Juzgamiento 3, no procede ningún recurso.
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