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Durante 17 años mujer reclamó pensión de Sobreviviente

La Sala de casación laboral de la Corte Suprema de Justicia, reconoció que Luz Elena Roldan Yepes, tenía el derecho a la pensión de su esposo, pese a que no convivían en la misma vivienda por cuenta del maltrato intrafamiliar del que era víctima.

Aunque se contrajo matrimonio por medio de la iglesia católica, y esperaba estar hasta que la muerte los separara con Fabio de Jesús Montoya, Luz Elena no soportó los tratos crueles a los que fue sometida. En el documento quedaron consignadas las razones por las cuales Roldan Yepes, se fue de su hogar. “… se tuvo que ir del hogar marital como única alternativa para poder evitarlos…”.

Al comprobar la violencia intrafamiliar a la que fue sometida por su esposo y al verse desprotegida económicamente, su cónyuge fue condenado a proporcionarle una cuota por alimentos correspondiente al 30% de la pensión por jubilación que devengaba su pareja sentimental.

Fabio de Jesús falleció y Luz Elena quedó desprotegida, por lo cual inició el proceso para ser reconocida como la beneficiara de la pensión de sobreviviente ante el Seguro Social. La petición fue negada. En ella se argumentaba que ella no cumplía con el requisito de convivencia mínima de cinco años.

En 2008, decidió interponer la primera acción legal para acceder al beneficio. En primera instancia el Juzgado Laboral del Circuito de Medellín falló a favor de la mujer, obligando al Seguro Social a pagar la pensión de sobreviviente desde el 7 de septiembre de 2004; sin embargo, al revisar la apelación, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín revocó la decisión, el Tribunal no reconoció el pago y denegó las pretensiones a la demandante.

EL caso llegó a la Sala de casación laboral de la Corte Suprema de Justicia, donde el magistrado que evaluó el caso señaló que, “obedeció a motivos ajenos a su voluntad, es más, fue por motivos generados por su cónyuge, como se [demuestra] con las sentencias sobre alimentos y de divorcio…”

Según el abogado de la defensa Carlos Andrés Vargas, expresó que, aunque la mujer tuvo que salir de su hogar debido a la situación, el magistrado validó que eran pareja única durante y después de la separación. Roldan Yepes, vivió con su hermana y dependía económicamente de su expareja, por tal motivo, se le designó la pensión y los retroactivos y reajustes entregados por el antiguo Seguro Social, hoy Colpensiones.

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