Ante el Aislamiento Preventivo Obligatorio, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo decidió suspender los términos bajo los cuales un consumidor puede hacer efectiva una garantía.
Así mismo, se suspendieron los términos para que se efectúe la reparación o reposición de un producto, o se devuelva el dinero (en caso de que deba realizarse en efectivo), cuando se hace efectivo ese aval.
En condiciones normales, cuando un consumidor hace efectivo ese comprobante, pone a disposición del productor o proveedor un bien para su reparación, este tiene 30 días hábiles para adelantar el proceso o 10 cuando es una reposición.
Mientras dure el Aislamiento Preventivo Obligatorio, estos plazos, al igual que el término para que el consumidor haga efectiva la garantía que está vigente, quedan suspendidos y se reanudarán una vez se levante la medida.
Dicha norma no aplica para aquellos productos que el Gobierno Nacional cataloga de primera necesidad y que hayan sido adquiridos durante el período de Aislamiento Preventivo Obligatorio.