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¿Tiene deudas con la DIAN? Estos son los alivios del Decreto 1419 y la fecha límite para solicitarlos

Varias de las medidas tienen plazo hasta el 19 de noviembre de 2026.

Los contribuyentes que tengan obligaciones pendientes con la DIAN tienen en el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026 una serie de medidas de alivio tributario, aduanero y cambiario, expedidas en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Gobierno Nacional.

El contador público José Domingo Perilla, especialista en Gerencia de Talento Humano y Desarrollo Organizacional, y en Revisoría Fiscal y Auditoría Forense, explicó algunos de los beneficios contemplados en la norma y las condiciones que deben revisar quienes pretendan acogerse.

Hasta 85 % de reducción en determinadas sanciones

Uno de los beneficios establecidos contempla una reducción del 85 % de determinadas sanciones, por lo que, cuando se cumplan los requisitos previstos, el contribuyente podría pagar únicamente el 15 % de la sanción correspondiente.

La medida está dirigida a obligaciones que cumplen las condiciones establecidas por el decreto y no debe interpretarse como un descuento automático aplicable a todas las deudas que una persona o empresa tenga con la DIAN.

Entre los beneficios también aparece una tasa especial de interés moratorio del 4,5 % efectivo anual para determinadas obligaciones que se acojan a las medidas previstas en la norma.

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¿Todos los deudores pueden acceder?

Este es uno de los aspectos que deben revisar con mayor atención los contribuyentes.

El Decreto 1419 contempla medidas de alcance nacional y otras dirigidas específicamente a los sujetos afectados por la emergencia, de acuerdo con las condiciones y el ámbito territorial establecidos en la norma.

Para determinar quién puede acceder a determinados beneficios resulta relevante, entre otros aspectos, el domicilio fiscal registrado en el RUT al 10 de agosto de 2026, fecha relacionada con la declaratoria de emergencia.

Por eso, antes de asumir que una deuda puede beneficiarse de los alivios, es necesario verificar el tipo de obligación, la fecha en que se encontraba en mora y las demás condiciones establecidas en el decreto.

Facilidades de pago hasta por 24 meses

Los sujetos que cumplan las condiciones previstas pueden solicitar facilidades de pago para obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias administradas por la DIAN.

En determinados casos, estas facilidades pueden otorgarse hasta por 24 meses sin garantía, mientras que la norma también contempla acuerdos de mayor duración, hasta 36 meses, sujetos a condiciones y garantías según corresponda.

La solicitud de estas facilidades tiene como fecha límite el 19 de noviembre de 2026, de acuerdo con las condiciones establecidas en el decreto.

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El 19 de noviembre es una fecha clave

Los contribuyentes interesados en acogerse a las medidas deben revisar cuanto antes sus obligaciones y determinar qué beneficio les corresponde y cuáles son los requisitos para acceder a él.

No basta con tener una deuda pendiente con la DIAN. Cada alivio tiene condiciones específicas y puede depender de factores como el tipo de obligación, la fecha de mora y, para determinadas medidas, la condición de sujeto afectado por la emergencia.

La recomendación es verificar directamente la situación tributaria y los requisitos antes de presentar una solicitud.

El Decreto 1419 busca facilitar la normalización de obligaciones en el marco de las medidas adoptadas por la emergencia, pero no elimina las obligaciones tributarias ni las facultades de fiscalización y cobro de la DIAN.

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