
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué emitió el sentido de fallo absolutorio en favor del exalcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado Barrera, por el delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, por los piques ilegales que al parecer dejó realizar entre el 3 y 4 de abril de 2014 en el Aeropuerto Perales y por los cuales habría alterado las cámaras de seguridad.
El Juez tuvo en cuenta el caso de Daniel Felipe Cadena Ortiz, primo de la esposa de Hurtado, a quien la Corte Suprema de Justicia absolvió luego que el Tribunal lo había hallado culpable de manipular las cámaras de seguridad del aeropuerto del cuarto de milla conocido como ‘piques ilegales.
Noticia que le puede interesar: https://dontamalio.com/buscan-apoyo-economico-para-las-exequias-de-activista-de-la-comunidad-lgbtq-asesinado-en-ortega/
Al momento de tomar su decisión, el juez tuvo en cuenta el caso paralelo de Daniel Felipe Cadena Ortiz, primo de la esposa del exalcalde, quien, presuntamente, manipuló las cámaras de seguridad del aeropuerto para eliminar pruebas de las carreras ilegales organizadas en abril del 2014 en la pista de la terminal aérea.
A Cadena, la Corte también lo absolvió en última instancia por atipicidad, y no por encontrarlo inocente. Pese a que se demostró su participación en la alteración de pruebas, terminó absuelto como Hurtado.
Según el togado, la Fiscalía no presentó las pruebas suficientes que demostraran la existencia de un «contubernio» entre Hurtado y Cadena para desaparecer las pruebas de los ‘piques ilegales’, y el hecho de llevar ambos casos en procesos diferentes complicó la administración de justicia.
Lea otra noticia: https://dontamalio.com/capturado-presunto-feminicida-de-venezolano-en-el-guamo/
Entretanto, la Fiscal cuando indicó que apelará la decisión, señaló que que cuando acogió la carpeta buscó la conexidad de ambos casos, pero las dilaciones de las defensas de Hurtado Barrera lo impidieron y que son de público conocimiento de la Comisión de Disciplina Judicial.
Recordar que en marzo de 2022 y tras un largo proceso donde hubo cambios de abogados, aplazamientos e investigaciones de la comisión de disciplina judicial de los defensores del exalcalde de Ibagué, el Juzgado confirmó que se había prescrito el delito de peculado por uso y el proceso continuó por la conducta punible, por el cual fue absuelto.
Asimismo, se conocieron hechos graves, como las amenazas contra el Juez Segundo Penal del Circuito cuya solicitud de llevar el proceso a Bogotá fue negado por la Corte, además de las intimidaciones que sufrió un vigilante, testigo de este caso.
Sigue el canal de Don Tamalio en WhatsApp ⬇️ https://whatsapp.com/channel/0029VaGCKAA3wtb