Ibal deberá suministrar agua a los habitantes del Conjunto Yarumo en Arboleda del Campestre
Así lo ordenó un Juez de tutela de Ibagué que amparó, entre otros, el derecho a la salud.
El Juzgado Primero Civil de Circuito de Ibagué ordenó a la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado, Ibal a abastecer el servicio de agua a los habitantes del Conjunto Residencial Yarumo de la Arboleda Campestre.
Lo anterior, es una medida provisional, en la cual se ampara el derecho a la vida, la integridad física, la dignidad humana y a la salud, considerándose peligro inminente por carencia de agua potable dentro de la Urbanización Arboleda Campestre, Conjunto Yarumo.
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Asimismo, responde a una acción de tutela interpuesta por Ana Deissy Galindo Moreno, quien indicó en la acción judicial, que tanto como copropietarios y residentes de este conjunto, han sufrido por abastecimiento intermitente del servicio de agua potable, obligando a la admisión del conjunto a suministrar agua potable por 2.5 horas diarias.
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De igual manera, refirió que el Ibal no suple la necesidad imperante de suministro de agua potable para las 1.300 familias residentes en dicho lugar, en los 11,375 litros de agua diarios que están estipulados en los parámetros mínimos de la Organización mundial de la Salud (OMS).
Mientras se profiere sentencia, el Ibal concederá en cumplir con el abastecimiento referido máximo 48 horas siguientes de la notificación de esta decisión.