
Una demanda presentada ante los estrados judiciales, busca modificar el artículo 1 de la ley 54 de 1989, el cual estipula que “en el registro de nacimiento se inscribirán con apellidos del inscrito el primero del padre seguido del primero de la madre, si fuera un hijo legítimo o extramatrimonial reconocido con paternidad judicialmente declarada en caso contrario se le asignará el apellido de la madre”.
Según la demanda la expresión seguido del incluida en el artículo es discriminatoria hacia las mujeres.
La demanda pretende que la justicia establezca que los padres tengan la opción de elegir cuál de los dos apellidos llevará PRIMERO su hijo o hija, y que el congreso establezca como se debe proceder cuando existe un acuerdo entre los padres.
El medio también resumió las posiciones de las siguientes entidades:
- Para la Defensoría el tema se debe revisar porque “es el reflejo de una cultura que ha reconocido históricamente a la población masculina como superior”.
- El Ministerio de Justicia apoya la petición de la demanda y está de acuerdo con que la decisión se tome conjuntamente entre los padres.
- La Procuraduría y el Ministerio del Interior creen que “el orden de los apellidos del hijo, nada significa en relación con sus derechos, ni con los de los papás”.
- Finalmente, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) señaló que, como lo fija la actual norma, sí se vulnera el derecho de las mujeres a no ser discriminadas.




