
La Super Intendencia de Industria y Comercio pone en cintura a los influenciadores debido a el creciente número de denuncias que se interponen por publicidad engañosa. La entidad expidió una guía en la cual se que las personas que realizan contenidos para las redes sociales deben especificar si se les está pagando por hacer publicidad a productos o servicios.
La medida fue adoptada por parte de la SIC, tras el incremento de las reclamaciones por publicidad engañosa que circula en redes sociales y es replicada por influencers. Dicha guía busca proteger al consumidor de engaños en la era digital.
En dicho documento los creadores de contenido deben ser claros con sus seguidores e informar si le están pagando por hablar de productos y servicios, además de exigir al anunciante los lineamientos para identificar plenamente el mensaje como publicidad.
La guía recomienda tener políticas claras de transparencia en actividades de publicidad a través de sus canales de comunicación, que permitan “participar activamente en las construcción y difusión de los mensajes de los influenciadores; socializar la guía con las agencias con las que contrata sus estrategias publicitarias y revisar periódicamente los comentarios y calificaciones de los consumidores que constituyen la audiencia del influenciador”.
Sin embargo, la delegada de protección al consumidor, Carolina Corcione, advirtió que la multa para quienes incurran en publicidad engañosa puede ascender hasta los 2 mil salarios mínimos legales vigentes, es decir, $1.755.606.000 millones entre otro tipo de sanciones como ordenar la rectificación de la publicidad.
La funcionaria precisó que “si el influenciador omite algún detalle del producto que incurra en engaño a los consumidores, podrá ser sancionado”.
En ese sentido, precisó que, si un consumidor que crea que un influenciador ha violado sus derechos, debe denunciar ante la SIC para que se pueda verificar si el que debe responder por la publicidad engañosa debe ser el anunciante o el ‘youtuber’.
Estas son las recomendaciones.
En el caso de los influenciadores:
- Identificar cuándo hay una relación comercial con un anunciante.
- Exigirle al anunciante o a la agencia que contrata sus servicios, que le indique cuáles son los lineamientos para identificar plenamente el mensaje como publicidad.
- Abstenerse de realizar publicidad cuando el anunciante le sugiera ocultar la naturaleza comercial del mensaje.
- Abstenerse de hacer pasar un mensaje publicitario como uno natural y espontáneo que surge de su experiencia.
Para los anunciantes:
- Identificar y conocer las normas generales y especiales que apliquen a los productos que comercializa y darlas a conocer a quienes le presten servicios publicitarios.
- Cerciorarse de que los mensajes comerciales emitidos en su nombre, sean identificados claramente como publicidad.
- Exigir que se informe al consumidor de manera clara sobre su vínculo comercial con el influenciador.
- Implementar una política de transparencia en el marco de sus actividades publicitarias, a través de influenciadores.
- Participar activamente en la creación, elaboración, emisión y difusión de los mensajes por parte de los influenciadores.
- Difundir la Guía de Buenas Prácticas en la publicidad a través de Influenciadores y darlas a conocer a quienes contrata para la creación, elaboración, emisión y difusión de mensajes publicitarios.
- Revisar periódicamente los comentarios y reseñas de los consumidores que constituyen la audiencia del influenciador.