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Juez suspende toda acción en contra de Invasores del predio en la ciudadela Simón Bolívar

Mediante acción de tutela Autoridades de Ibagué tendrá que cancelar todo proceso de desalojos que se llevaba a cabo en contra de los invasores.

Fue la jueza Sandra Liliana Sereno Caicedo, del juzgado cuarto administrativo oral del circuito de Ibagué, quién admitió la acción de tutela interpuesta en contra del Ministerio de Vivienda, el Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, la Alcaldía Municipal de Ibagué, la Secretaría de Gobierno, la Dirección de Espacio Público, la Gestora Urbana, la Policía Metropolitana de Ibagué, la Defensoría del Pueblo Regional y la Personería Municipal de Ibagué.

Luego de que un nutrido grupo de personas desde hace varios meses ocupara a la fuerza un predio propiedad del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, ubicado en la comuna 8 de la ciudad, ahora

La acción legal fue interpuesta por Sara y Milena Guarnizo López, quien le solicito a la justicia colombiana el amparo a sus derechos fundamentales, así como solicitar una medida provisional e inmediata qué consiste en:

“Ordenar a la Policía Metropolitana y a los integrantes del ESMAD OGOES, de manera inmediata suspenda el uso excesivo de la fuerza en contra de las personas que se encuentran asentadas en el lote del terreno de propiedad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, ubicado en inmediaciones del barrio la Ciudadela Simón Bolívar, por consiguiente, prohibir el uso de armas letales o no letales.

 Ordenar a la Alcaldía Municipal de Ibagué –Secretaría de Gobierno y Dirección de Espacio público, suspender de manera inmediata las órdenes de lanzamiento, sin cumplimiento a las etapas procesales que debe surtir cada proceso de manera individual; sin excederse en sus funciones, ya que no ejerce competencia por ser un lote de terreno de propiedad de la nación y no del ente territorial, por ende, garantizar el debido proceso.”

La admisión de la acción de tutela se basó en una sentencia de la Corte Constitucional, donde se le dan las garantías necesarias a los ocupantes irregulares para ser desalojados de una manera informada y por ningún motivo se podrá hacer la utilización de la fuerza.

“Las medidas de protección en relación con el debido proceso 114.- Todas las actuaciones de desalojo de ocupaciones irregulares a través de las que se satisface de manera precaria necesidades urgentes de vivienda deben respetar las garantías del debido proceso desarrolladas de manera uniforme por la jurisprudencia constitucional. En particular, tal y como se describió en los fundamentos jurídicos 35 y 36, los procedimientos de desalojo deben asegurar un “estricto debido proceso” que incluye las siguientes garantías mínimas:

 La debida notificación e información con antelación suficiente a la fecha prevista para el desalojo que permita evitar o, por lo menos, minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza.

  • (ii) La presencia de las autoridades administrativas o judiciales en el trámite de desalojo.
  • (iii) La identificación de todas las personas que efectúen el desalojo.
  • (iv) La prohibición de efectuar desalojos cuando haga mal tiempo o de noche, salvo que las personas afectadas den su consentimiento.
  • (v) El otorgamiento de recursos jurídicos adecuados.
  • (vi) El derecho a la asistencia jurídica que permita obtener, llegado el caso, reparación.

Como resuelve, se ordenó que: “de manera inmediata suspenda las órdenes de desalojo contra las personas asentadas en el lote de terreno ubicado en inmediaciones del barrio la ciudadela Simón Bolívar de esta municipalidad, hasta que se defina el fondo del presente asunto. Así mismo ORDENAR, a la Policía Metropolitana de Ibagué a través de sus distintos grupos especiales que suspenda los operativos iniciados para el desalojo de las personas que se encuentran allí asentadas”.

Por último, la juez le concedió “tres días a las entidades accionadas, así como a los vinculados para que rindan un informe sobre los hechos y pretensiones de que trata la presenta acción, y además para que alleguen y pidan las pruebas que pretenda hacer valer”.

 

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