
En Colombia, la tendencia a la Educación en Casa ha crecido durante los últimos años y la situación pandémica que obliga a la sociedad a convivir en medio de un virus, predispone el crecimiento de la decisión familiar de educar a los hijos en su hogar.
Por lo tanto, para la congresista Ángela Sánchez y la senadora Emma Claudia Castellanos, resulta más que necesario brindar un marco normativo al país que regule el servicio público de educación en casa, donde se establezca los requisitos para garantizar la calidad de la educación y abra las puertas para un fenómeno mundial del que Colombia empieza a hacer parte.
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El proyecto de Ley presentado por las parlamentarias, contiene 20 artículos en los que se define bajo qué condiciones se implementaría esta modalidad de estudio, al igual que los requisitos para que los menores adelanten sus actividades académicas desde la comodidad de sus hogares.
Entre requisitos que establece el proyecto de Ley, se define que será necesario contar con un adulto educador, responsable del acompañamiento y la orientación en la formación académica del estudiante. Este deberá contar:
- Al menos título académico de bachiller otorgado por un establecimiento educativo aprobado por la autoridad correspondiente.
- Demostrar tener la disponibilidad de cinco (5) horas diarias para el acompañamiento al ejercicio académico y educativo del estudiante en casa.
- No haber sido retirado de la modalidad de Educación en Casa durante el año inmediatamente anterior por causal distinta a la voluntad de la familia.
- Contar con acceso a las herramientas definidas por la institución educativa que acompaña el proceso, como indispensables para el ejercicio de la educación en casa.
- Estar matriculados en la institución educativa que acompañe el proceso con modalidad de educación en casa, sea esta privada o pública.
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De otro lado, también dejan claro que existiría cinco causales por las cuales esta modalidad de estudio se podría dar por terminada la educación en casa:
- Por decisión de la familia.
- Reprobación consecutiva de un mismo año.
- Medida administrativa y/o judicial de restablecimientos de los derechos del estudiante.
- Pérdida de la custodia y/o patria potestad del educador en casa.
De aprobarse, los padres, tutores o responsables del niño, niña o adolescente interesado en la modalidad de Educación en Casa deberán notificar a la autoridad educativa, o a la institución privada, correspondiente de la localidad, municipio o distrito. Esta notificación deberá realizarse año a año y por cada uno de los hijos. Junto a la notificación deberá proveerse al menos la información de identidad del niño y de sus padres, tutores o responsables con la información de contacto de estos, así como del grado en el que se encuentra y la información completa del encargado del acompañamiento educativo en casa.