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Solo conductores deberán responder por fotomultas

La Corte Constitucional ratificó la sentencia emitida el mes de febrero del año en curso.

El director ejecutivo de Fedemunicipios Gilberto Toro Giraldo, al igual que la Alcaldía de Medellín, pidieron a la Corte Constitucional declarar nulo el fallo del pasado mes de febrero en la que sentenció que los responsables de responder por las fotomultas serán los conductores del vehículo mas no los propietarios.

La norma regula y obliga a las administraciones municipales instalar y poner en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones de tránsito, conocidos como fotomultas o foto comparendos.

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La disposición establecía la responsabilidad solidaria del propietario del vehículo por el pago de multas impuestas por infracciones de tránsito, pero el alto tribunal concluyó que la norma generaba incertidumbre sobre el respeto de garantías constitucionales en el ejercicio del poder punitivo del Estado por:

  • Omitir la defensa en relación con la imputabilidad y culpabilidad al hacer directamente responsable al propietario del vehículo (imputación real).
  • Desconoce el principio de responsabilidad personal.
  • Vulnera la presunción de inocencia al no exigir a la autoridad de tránsito demostrar que la infracción se cometió con culpa.

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La alta Corte concluyó que, las irregularidades procesales ocurridas antes de la adopción de la sentencia deben ser puestas de presente antes de que se expida la providencia, so pena de que se entiendan subsanadas; además, la nulidad excepcional de las sentencias de la Corte procede por vicios que afecten la providencia en sí misma y no por consideraciones externas a ella y las actuaciones posteriores a la adopción de la sentencia no invalidan la decisión adoptada.

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